Translate

venerdì 20 marzo 2020

FERNANDO CALLE - “Acción competencial podría ser declarada improcedente” - FERNANDO CALLE: ESTADO DE DERECHO con URI BEN en UCI







“Acción competencial podría ser declarada improcedente”


El punto de quiebre entre ambos poderes fue la cuestión de confianza, ¿se puede realizar una interpretación fáctica de este mecanismo constitucional tal como lo ha hecho el Ejecutivo?

Tengo mis dudas. Hay una falta de claridad constitucional, pero el Congreso ha cometido más errores constitucionales... Para empezar, cuando no permitieron el ingreso del premier (al hemiciclo), eso fue un flagrante delito donde la Fiscalía debería haber intervenido de acuerdo a ley. Por otro lado, cuando (el entonces primer ministro) plantea el voto de confianza hace suya e incorpora la solicitud de suspensión de la elección. (A pesar de eso) El Congreso votó por un primer miembro del Tribunal Constitucional (TC), allí hay parte de violación al pedido de confianza.


Entonces sí habría una negación fáctica, pese a que al momento de votar el pleno sí aprobó la confianza...


Pero lo aprobaron después. Primero rechazaron en la práctica y después lo aprueban. Quedaría (para el análisis) lo de la interpretación fáctica porque no me atrevo a adelantar opinión.
¿Existen antecedentes de una situación similar en el Perú?



No, no recuerdo ninguna votación así. (...) A mí me duele como peruano que toquen la puerta de la OEA, porque eso es pensar que aquí estamos peor que en Venezuela, en un conflicto que no podemos solucionarlo nosotros mismos.
La OEA ha dicho que debe ser el propio TC el que resuelva este dilema entre poderes.



Si hay diferencias de tipo constitucional le corresponde al Tribunal verlos, para eso se deben presentar demandas competenciales de acuerdo a lo que crean que haya existido.


Justamente, la Comisión Permanente del Congreso aprobó presentar una acción competencial buscando anular la disolución del Congreso, ¿esta medida forma parte de sus funciones como comisión?



No, en la Constitución no está. Esa es una interpretación de vacíos.
Por otro lado, ¿considera que se forzó la norma para vacar temporalmente al presidente Martín Vizcarra?



La vacancia es clara: se prepara, se presenta, se sigue su procedimiento y se vaca. La suspensión se da cuando el presidente está enfermo o lo tienen que operar, entonces se encarga. No se ha visto lo que se está viendo hoy día. La verdad creo que sí se forzó mucho y escapa a los linderos de la interpretación constitucional.
Una vez que la Comisión Permanente presente la acción competencial, ¿cuál sería el procedimiento que seguiría el TC?



El Tribunal va a tener un problema, porque lo que dice el código procesal es que quien plantea debe tener legitimidad para obrar. El TC deberá reunirse para reconocer si el Congreso está o no disuelto. Además, primero se deberá acreditar que quien lo pide es el titular de un organismo del Estado, pero estando disuelto ¿cómo acredita que (el Congreso) está en ejercicio? Segundo, cuando se trata de un colegiado, la decisión debe ser aprobada por el pleno, pero el pleno no está. Y no se menciona a la Comisión Permanente porque (presentar esta acción) no está entre sus facultades. Ahí no más se encuentran una serie de situaciones que podrían generar una improcedencia.
¿En cuánto tiempo debería definirlo el TC?

El TC es autónomo, pero primero debe definir la admisibilidad. En este caso, por ser prioritario, la admisibilidad se puede revisar en cuanto ingresa. Pero para resolver la acción competencial estamos hablando de unos cinco o seis meses, porque debe calificarse.
El primo hermano del presidente del Congreso, quien fue elegido por el Parlamento como nuevo miembro, busca juramentar en el cargo... Teniendo en cuenta que existe una impugnación, ¿el Tribunal cómo podría proceder?

De ser el caso, la resolución que lo nombra es de un Congreso no existente porque estaría disuelto; además, hay impugnaciones al proceso. El TC no podría avalar ni uno ni otro, sino esperar a que el nuevo Congreso decida resolver esa impugnación.
En medio de esta coyuntura, ¿qué papel va a jugar la ciudadanía?

Ahora no está jugando, todas estas cosas pasan porque no habemos ciudadanos. Nosotros tenemos que despertar, el control ciudadano tiene que ser más frecuente, más intenso. A todos la historia los debe juzgar hoy.
Fonte :.  








Nessun commento:

Posta un commento